Resumen del fallo judicial

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia absolutoria contra un usuario de la red X (antes Twitter) que había publicado un mensaje ofensivo dirigido a los dirigentes de Vox, Santiago Abascal y Rocío Monasterio. El tuit, publicado el 5 de abril de 2021, mostraba una fotografía del cadáver de Benito Mussolini colgado de una viga y acompañaba la frase “Abascal y Monasterio colgadxs del puente de Vallekas”. Vox solicitó casi seis años de prisión y una multa de 10.000 euros, argumentando la existencia de delito de odio y amenazas.

Argumentos de la defensa y la Fiscalía

La Fiscalía limitó la acusación a un delito de amenazas, mientras que la defensa sostuvo que el mensaje, aunque de mal gusto, estaba protegido por la libertad de expresión. Los magistrados, tras analizar el contexto electoral y la falta de intención real de incitar a la violencia, concluyeron que el tuit no alcanzaba la gravedad requerida para tipificar un delito de odio.

Decisión del tribunal

Los jueces expresaron su repulsa al contenido, pero señalaron que los partidos políticos y sus dirigentes no pueden ser considerados “colectivos históricamente vulnerables” a los efectos de la legislación contra el odio. En consecuencia, declararon que el acusado no pretendía que se colgara a Abascal ni a Monasterio y que, por tanto, no se configuró delito alguno. La sentencia, aunque absolutoria, deja abierta la posibilidad de recurso.

El paralelismo con declaraciones de Abascal

Curiosamente, la resolución recordó que el propio Santiago Abascal, durante la campaña electoral de 2021, había insinuado que los españoles querían “colgar por los pies” al presidente Pedro Sánchez. Esa expresión, aunque polémica, nunca fue objeto de imputación por el Tribunal Supremo. La Audiencia utilizó este antecedente para subrayar la diferencia entre una frase retórica y una amenaza concreta que pueda ser perseguida penalmente.

Implicaciones para la libertad de expresión

El caso reaviva el debate sobre los límites de la libertad de expresión en el entorno digital. Por un lado, la jurisprudencia protege la crítica política, incluso cuando adopta un tono agresivo; por otro, la sociedad demanda respuestas firmes ante discursos que puedan incitar al odio. La sentencia muestra la cautela de los tribunales al equilibrar ambos intereses, especialmente cuando el mensaje se inserta en una campaña electoral y no se traduce en actos violentos.

Source: https://www.eldiario.es/politica/justicia-absuelve-tuitero-hablar-abascal-colgado-puente-recuerda-dijo-sanchez_1_13571493.html

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