CGPJ delega al TSJM la valoración de posibles faltas leves de Peinado

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este martes remitir a la jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dos asuntos que giran en torno a denuncias contra el magistrado Juan Carlos Peinado. La decisión abre la puerta a que el tribunal superior evalúe si el juez incurrió en conductas que podrían encuadrarse como faltas leves, con la posibilidad de imponer una advertencia o una multa.

Posible falta de desconsideración en el caso Begoña Gómez

El primer expediente se origina a raíz de la instrucción del proceso contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y su asistente Cristina Álvarez. Peinado había dictado medidas cautelares que incluían la retirada del pasaporte y la prohibición de salir del país, medidas que posteriormente fueron revocadas por la Audiencia Provincial de Madrid. La controversia se centra en unas expresiones del magistrado que insinuaban que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrían colaborar en una hipotética fuga de la esposa del presidente. La Comisión Permanente considera que esas manifestaciones podrían constituir una falta de desconsideración, aunque la sanción máxima sería una simple amonestación.

Posible falta leve por retraso injustificado

El segundo asunto surge de la queja del periodista Nacho Abad, quien acusa a Peinado de haber prolongado sin justificación la instrucción de un caso de calumnias, extendiendo el procedimiento de junio de 2024 a enero de 2026. El Promotor de la Acción Disciplinaria había propuesto el archivo del expediente, argumentando que los hechos no tenían carácter disciplinario. Sin embargo, la Comisión Permanente estima que el retraso podría encajar dentro de una falta leve de dilación y, por tanto, también lo remite al TSJM.

División interna y precedentes jurisprudenciales

El voto que respaldó la remisión contó con el apoyo de los vocales progresistas y el voto de calidad de la presidenta Isabel Perelló. Los miembros conservadores presentaron un voto particular en desacuerdo, alegando que las expresiones del juez forman parte de la motivación de sus decisiones y que la competencia para valorar esas cuestiones corresponde exclusivamente a la vía ordinaria de recursos. La Comisión recordó precedentes del Tribunal Supremo que ya habían sancionado a magistrados por faltas de desconsideración contra instituciones, como ocurrió con expresiones despectivas hacia la Generalitat de Cataluña.

En definitiva, la decisión del CGPJ sitúa dos controversias bajo la jurisdicción del TSJM, donde se decidirá si el juez Peinado debe recibir una sanción disciplinaria leve o si, por el contrario, sus actuaciones quedan protegidas por la independencia judicial y la normativa procesal.

Source: https://www.eldiario.es/politica/judicial-abre-puerta-sancionar-juez-peinado-faltas-leves-desconsideracion-retraso-caso-begona-gomez_1_13412302.html

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